25 de Mayo. Te contamos cuáles son las ACTIVIDADES ECONÓMICAS que se habilitan desde el lunes 28 de junio

25 DE MAYO (LP).- El Comité de Crisis de 25 de Mayo autoriza nuevas ACTIVIDADES ECONOMICAS, desde este lunes 28 de julio.

– Rango horario: desde las 7 y hasta las 20 horas, con cumplimiento estricto de los protocolos epidemiológicos establecidos por la autoridad sanitaria vuelven a la actividad:
ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEPORTIVAS: Se habilitan las actividades económicas vinculadas a los deportes: natación, paddle individual y en pareja y futbol 5.
  •  Natación se deberá respetar el límite de hasta 3 personas por andarivel y un máximo de 15 personas por turno, incluidos asistentes y personal/integrantes del staff del natatorio.
  • Paddle, se habilita la práctica en espacios abiertos al aire libre y en espacios cerrados con suficiente ventilación cruzada, permanente y constante.
  • Fútbol 5, en espacios abiertos al aire libre y en espacios cerrados con ventilación cruzada, permanente y constante.
Todas las actividades que se realicen en espacios cerrados requerirán la autorización previa de la Subsecretaría de Deportes, quien evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas. Para ello deberá emplearse la nueva aplicación del Gobierno de La Pampa, para lo que serán previamente capacitados en su uso y la actualización de datos por la subsecretaría de Deportes.
En ninguno de los casos (natación, paddle, fútbol 5) se admite la presencia de público.
El nuevo decreto indica que -ante la aparición de un caso positivo de Covid entre los asistentes o del staff- se aislará en forma inmediata y preventiva a todas las personas que compartieron horario con el caso positivo.
  • JARDINES MATERNALES Y DE INFANTES: Podrán funcionar los establecimientos encuadrados en la Ley 2511, con un límite máximo de 15 personas por burbuja, incluyendo asistentes y personal del staff.
  • ENSEÑANZA DE ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y CULTURALES: En este caso se señala un límite máximo de 15 personas por burbuja entre asistentes y personal de la institución.
  • ESPACIOS DE ENTRETENIMIENTOS INFANTILES: Se habilita su apertura en lugares abiertos al aire libre y en espacios cerrados con suficiente ventilación natural, cruzada, permanente y constante. Podrán funcionar con un aforo máximo del 30 % de la capacidad total habilitada y un límite máximo de 30 personas entre asistentes y personal.
Todas las actividades económicas permitidas a través de este decreto deben contar con la correspondiente habilitación municipal.
Una vez más se reitera que, ante cualquier consulta que requiera respuesta del Comité de Crisis Local, deberán dirigirse con una antelación no menor a 24 horas y por correo electrónico a: [email protected]
COMUNICADO DEL COMITÉ DE CRISIS LOCAL DE 25 DE MAYO- DOMINGO 25 DE JUNIO DE 2021
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